Fianzas a terceros no comuneros

04 de Julio de 2019

planta

INFORMACIÓN SOBRE FIANZA

Los usuarios con código de explotador deberán depositar una fianza, como garantía de cobro de los recibos emitidos a su cargo.

Al objeto de evitar duplicidades de fianzas, en el supuesto de que la propiedad de la finca hubiera establecido documentalmente fianza relativa al consumo de agua u otros recibos emitidos por Cuatro Vegas con cargo a la finca, el abono de recibos impagados corresponderá a la propiedad.

Dicha circunstancia (la fianza) habrá de ser debidamente documentada ante Cuatro Vegas, para en tal caso eximir al explotador del depósito de la misma.

Para el cálculo de la fianza se tendrá en cuenta el volumen de consumo estimado para el periodo de máximo demanda (según datos de Las Palmerillas); la superficie de la finca; el tiempo de un bimestre de facturación; la tarifa vigente para el metro cúbico que proceda; y el canon correspondiente a la finca.

El depósito de la fianza se realizará con antelación al suministro, mediante ingreso en la cuenta bancaria que se indique por Cuatro Vegas.

En caso de impago de uno o más recibos, Cuatro Vegas ejecutará dicha fianza en lo que proceda y llevará a cabo la suspensión temporal del suministro, para cuya reposición podrá exigir las garantías y obligaciones económicas que estime pertinentes.

Se informa al usuario (con código de explotador) que, finalizada su relación con la finca en cuestión, se retornará el importe de la fianza, en su totalidad o en aquella cuantía que resulte de minorar posibles recibos impagados de cualquier finca en la que figure como obligado al pago.  

Publicado el 04 de Julio de 2019 y archivado en fianza, medianeros, arrendatarios